En relación con los dichos inculpatorios de un imputado respecto de otro, se discute acerca del significado probatorio que puede otorgársele, advirtiendo sobre su peligrosidad o su escaso valor conviccional cuando quien formula la declaración lo hace para excusar o aminorar su responsabilidad penal. Para que el llamado en codelincuencia adquiera verdadera gravitación en el proceso penal se necesit...
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El homicidio es cometido con alevosía cuando el autor preordena su conducta para matar sin riesgos para su persona, provenientes de la reacción de la víctima o de un tercero. Supone objetivamente una víctima capaz de defenderse, o que puede ser defendida, agredida sorpresivamente cuando se encuentra desprevenida o desprotegida. Y, subjetivamente, que esa situación sea buscada o al menos aprovechad...
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El delito de tenencia de estupefaciente no requiere el contacto material constante y permanente con la sustancia, sino que basta con que tenga la disponibilidad real sobre ella. De modo tal que la posesión del estupefaciente puede tenerse por configurada cuando se aprehenda materialmente la droga en poder del autor; cuando a pesar de no tener la posesión material, existe disponibilidad real de la ...
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El art. 11 inc. c de la ley 23.737 prevé el aumento de la pena prevista para los delitos de tráfico de estupefacientes (arts. 5º a 10 de la misma ley) en un tercio del mínimo a la mitad del máximo si en los hechos intervinieren tres o más personas organizadas para cometerlos. Existe consenso en que por medio de esta forma agravada se busca castigar más severamente a quienes se organicen con la fin...
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La circunstancia de que los aportes efectuados por cada uno de los intervinientes en las actividades de tráfico a las que refiere el art. 11 inc. c de la ley 23.737 resulten fungibles no los torna ineficaces para crear un mayor riesgo al bien jurídico protegido. La sola existencia de una mínima estructura funcional a las actividades de tráfico facilita ya la comisión de esos delitos en tanto permi...
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La facultad discrecional de fijar la pena es motivo de casación, en casos de arbitrariedad. Dentro de ese margen de recurribilidad, relativo a las facultades discrecionales del tribunal de sentencia, se ha fijado el estándar de revisión en los supuestos de falta de motivación de la sentencia, de motivación ilegítima o de motivación omisiva. El ejercicio de tales facultades se ha extendido a la sel...
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En el marco de la individualización judicial de la pena no corresponde ponderar la calificación de conducta obtenida en el establecimiento carcelario como circunstancia agravante. Las cuestiones concernientes al comportamiento del penado en prisión, que sin duda son trascendentales a los fines de la reinserción social al medio libre, deben ser consideradas en la etapa de la ejecución de la pena, e...
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La prisión domiciliaria no constituye un cese de la pena impuesta ni su suspensión sino, como claramente surge de su nombre y de su ubicación en la legislación, se trata de una alternativa para situaciones especiales en las que los muros de la cárcel son sustituidos por un encierro en el domicilio fijado bajo el cuidado de otra persona o institución. Resulta, en definitiva, una atenuada modalidad ...
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Las resoluciones que deciden el rechazo de una excepción de competencia, por regla general, no resultan equiparables a sentencia definitiva. Ello es así por cuanto, la distribución de competencia entre los tribunales permanentes del país es cuestión extraña a la garantía de los jueces naturales. No obstante, corresponde hacer excepción a esa regla cuando la resolución impugnada envuelve una cuesti...
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En el marco de la aplicación de la ley de estupefacientes, la jurisdicción federal es prioritaria excepto cuando las provincias, por voluntad propia expresada mediante ley de adhesión, asuman la competencia (art. 34), lo que la provincia de Córdoba hizo mediante la sanción de la ley 10067.
Para distinguir entre los delitos que corresponden a la jurisdicción federal y los comprendidos en la jurisd...
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