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17 Dec 2002

Contrato de seguro

La Segunda C.L.S.G. c/ María Zurita de Pieronel y otra - Consignación Contrato de seguro
Póliza de seguro / Carácter /
Tribubal: Cámara 2ª C. y C

La póliza provista por el asegurador contiene los elementos generales del contrato a cubrir. Luego, el asegurado, concreta las circunstancias objetivas y subjetivas del riesgo que pretende asegurar para el debido conocimiento del asegurador. La confluencia de ambas declaraciones inicia el iter formativo contractual, que luego se perfecciona con la emisión de la póliza, expedida por el asegurador, ...

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17 Dec 2002

Contrato de seguro

La Segunda C.L.S.G. c/ María Zurita de Pieronel y otra - Consignación Contrato de seguro
Tercero beneficiario / Designación expresa /
Tribubal: Cámara 2ª C. y C

En el contrato de seguro las partes pueden acordar que un tercero, comúnmente llamado beneficiario, sea el destinatario del pago de la prestación debida (art. 143 ley de seguros 17.418). Este beneficiario no se presume, exige una manifestación expresa por parte del asegurado. Dicha estipulación en favor de un tercero, puede ser un beneficio a uno o varios herederos o hecha a favor de otra persona,...

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17 Dec 2002

Contrato de seguro

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Herederos legales /
Tribubal: Cámara 2ª C. y C

En caso de que el asegurado no designe beneficiario, o por cualquier causa la desig-nación se haga ineficaz o quede sin efecto, se entenderá que designó a los herederos (art. 145, último párrafo, ley de seguros)....

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17 Dec 2002

Contrato de seguro

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Beneficiario del seguro / Carácter del beneficio recibido / Distinción con el derecho sucesorio /
Tribubal: Cámara 2ª C. y C

El beneficiario de un seguro, adquiere por derecho propio (art. 143 2º párrafo, ley de seguros) independiente del patrimonio del asegurado, lo que implica que el capital que adquiere es un derecho creditorio y no producto de un derecho sucesorio, mediante el cual el causante transmite a sus herederos, los derechos activos que componen su acervo hereditario (art. 3279 C.C.). El capital con el cual...

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17 Dec 2002

Contrato de seguro

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Falta de consignación del número de póliza / Efectos /
Tribubal: Cámara 2ª C. y C

Si la aseguradora dejó un espacio en blanco en la solicitud sin consignar el número de póliza correspondiente, resultando indu-dable que hubo una declaración de voluntad del asegurando, esa omisión administrativa no modifica en un ápice la disposición del asegurado que se mantiene incólume....

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17 Dec 2002

Contrato de seguro

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Voluntad del asegurado / Fuerza convictiva /
Tribubal: Cámara 2ª C. y C

Las hojas anexas en donde se designan como beneficiarios a los herederos legales quedan invalidadas por la fuerza convictiva de la declaración de voluntad del asegurado, hoy causante, de otorgar este beneficio a su madre que no resulta ser la heredera forzosa como prescriben los arts. 3567 y 3585 C.C....

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17 Dec 2002

Contrato de seguro

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Consignación / Casos en que procede /
Tribubal: Cámara 2ª C. y C

El art. 757, inc. 4, C.C., prescribe que la consignación puede tener lugar cuando fuese dudoso el derecho del acreedor a recibir el pago y concurrieren otras personas a exigirlo del deudor....

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17 Dec 2002

Contrato de seguro

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Imposición de costas / Apartamiento del principio objetivo de derrota / Fundamentos /
Tribubal: Cámara 2ª C. y C

El juzgador puede apartarse del principio objetivo de la derrota (art. 130 C.P.C.C.) si a su criterio, existen elementos objetivos que conlleven a dicho apartamiento. Corresponde imponer las costas al actor cuando la confusión de la legitimación pasiva por parte de ambas codemandadas y el conflicto de intereses suscitado, fue producto del error administrativo en que incurrió la compañía asegurado...

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17 Dec 2002

Contrato de seguro

La Segunda C.L.S.G. c/ María Zurita de Pieronel y otra - consignación Contrato de seguro
Caracteres del contrato / Perfeccionamiento del contrato / Valor de la solicitud y de la póliza / Diferencia entre asegurado y beneficiario /
Tribubal: Cámara 2ª C. y C

El contrato de seguro es un contrato consensual que queda concluido cuando las partes recíprocamente manifiestan su consentimiento (art. 1140 C.C.) y los derechos y obligaciones del asegurador y del asegurado comienzan desde que se ha celebrado la convención, aun antes de emitirse la póliza (art. 4º). Para que el contrato de seguro quede perfeccionado deben darse dos momentos: a) la propuesta, ...

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17 Dec 2002

Contrato de seguro

La Segunda C.L.S.G. c/ María Zurita de Pieronel y otra - consignación Contrato de seguro
Derecho creditorio del beneficiario / Omisión administrativa: falta de número de póliza / Efectos /
Tribubal: Cámara 2ª C. y C.

En caso de que el asegurado no designe beneficiario, o por cualquier causa la designación se haga ineficaz o quede sin efecto, se entenderá que designó a los herederos (art. 145, último párrafo, ley 17.418). El beneficiario adquiere el beneficio por derecho propio (art. 143, 2º párr., ley 17.418) independiente del patrimonio asegurado, lo que implica que el capital que adquiere es un derecho cr...

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