Durante el transcurso de la instancia principal, y antes del dictado de la sentencia, la ley ritual reconoce a terceros ajenos al proceso la posibilidad excepcional de intervenir en él, previa satisfacción de ciertos recaudos, de los cuales el más importante es el de la acreditación de un interés legítimo, que reconozca vinculación con lo discutido en el pleito (art. 432 C.P.C.C.).
Esta alternati...
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La prescripción se sitúa entre las defensas “comunes” que pueden ser invocadas por cualquiera de los codeudores solidarios; por ende, la posibilidad de plantear tal defensa es el interés que -desde la perspectiva del derecho sustancial- justifica la intervención del nuevo adquirente del inmueble, en su carácter de obligado solidario.
La prescripción liberatoria cumplida, opuesta por uno de los ...
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El art. 623 C.C. no impone un límite a la capitalización de los intereses en la deuda judicialmente liquidada, por cuanto sus términos no impiden que si el deudor continúa en mora, el acreedor pueda practicar nueva liquidación, actualizando el total de lo que se le adeuda, caso en el que se generarán nuevos intereses.
La terminología empleada por la ley significa que corresponde circunscribi...
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Los errores concernientes a las formas y solemnidades de la sentencias judiciales, que son ajenos a su contenido, son susceptibles de examinarse en casación sólo por el carril del inc. 1 del art. 383 C.P.C.C.
La calificación que se haga de la cuestión de hecho por la parte, no impide que el juez oriente su sentencia sobre el estado de cosas objeto del relato efectuado en la demanda.
Nada ob...
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Toda resolución de Cámara debe ser definitiva o interlocutorio equiparable a ella para ser censurable en casación
El carácter definitivo de la resolución objeto de casación no resulta de su carácter irrevocable, sino de su función procesal, siendo inoficiosa la resolución no definitiva para provocar la vía de casación.
La desestimación del concurso especial no obstaculiza que los derechos de...
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La actividad por la cual el tribunal de alzada elabora su temperamento, no requiere un tratamiento pormenorizado de todas las pruebas producidas, lo que permite ahorrar pronunciamientos inútiles respecto de elementos inconducentes.
La posibilidad de seleccionar el material probatorio, descartando preliminarmente el que se presenta como inconducente, se justifica siempre que se encuentre preced...
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En nuestro sistema no existe norma alguna que se pronuncie específicamente respecto de los alcances de la defensa de prescripción interpuesta por uno de los miembros de un litis consorcio pasivo voluntario mediante una obligación solidaria, a diferencia de lo que ocurre con otros medios extintivos como el pago, la novación, la compensación y la remisión de la deuda.
Existen en la ley sustancial...
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En nuestro sistema no existe norma alguna que se pronuncie específicamente respecto de los alcances de la defensa de prescripción interpuesta por uno de los miembros de un litis consorcio pasivo voluntario mediante una obligación solidaria, a diferencia de lo que ocurre con otros medios extintivos como el pago, la novación, la compensación y la remisión de la deuda.
La manifestación de voluntad...
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La condición de sentencia definitiva exigida por el rito en el art. 384 C.P.C.C., debe ser soslayada en ciertos casos y de manera excepcional, cuando, en consideración a la naturaleza de los intereses en juego, concurren situaciones que trascienden el interés de las partes y justifican la vía extraordinaria.
El pronunciamiento que resuelve, entre otras defensas, la excepción de incompetencia t...
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En caso de que la obligación originariamente pactada en dólares haya sido pesificada en razón de un peso por dólar, y a ello se haya aplicado la teoría del esfuerzo compartido, y siempre que no exista una norma que reglamente en forma particular el asunto, la tasa de interés moratorio de uso judicial debe ser fijada en la pasiva promedio que publica el Banco Central de la República Argentina, con ...
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