El recurso de casación no atribuye competencia sobre el fondo del litigio sino exclusivamente sobre las formas de la sentencia. Dentro de ese concepto se incluye el examen de la motivación, pero únicamente al efecto de verificar si ésta existe como tal y si no adolece de vicios lógicos en su formulación. Es absolutamente ajeno a este control la labor de selección y valoración de la prueba. Si esta...
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El recurso de casación no atribuye competencia sobre el fondo del litigio sino exclusivamente sobre las formas de la sentencia. Dentro de ese concepto se incluye el examen de la motivación, pero únicamente al efecto de verificar si ésta existe como tal y si no adolece de vicios lógicos en su formulación. Es absolutamente ajeno a este control la labor de selección y valoración de la prueba. Si esta...
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El recurso de casación no atribuye competencia sobre el fondo del litigio sino exclusivamente sobre las formas de la sentencia. Dentro de ese concepto se incluye el examen de la motivación, pero únicamente al efecto de verificar si ésta existe como tal y si no adolece de vicios lógicos en su formulación. Es absolutamente ajeno a este control la labor de selección y valoración de la prueba. Si esta...
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\r\nEl recurso de casación no atribuye competencia sobre el fondo del litigio sino exclusivamente sobre las formas de la sentencia. Dentro de ese concepto se incluye el examen de la motivación, pero únicamente al efecto de verificar si ésta existe como tal y si no adolece de vicios lógicos en su formulación. Es absolutamente ajeno a este control la labor de selección y valoración de la prueba. Si ...
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La interposición de la demanda interrumpe el término de prescripción y esta situación subsiste durante todo el desarrollo del proceso, y aun en el caso de que la inacción del demandante se prolongue por un lapso igual al término de la prescripción. Sólo cesan los efectos de la interrupción de la prescripción, cuando se produce alguna de las situaciones previstas en el Código Civil (art. 3987), en ...
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La interposición de la demanda interrumpe el término de prescripción y esta situación subsiste durante todo el desarrollo del proceso, y aun en el caso de que la inacción del demandante se prolongue por un lapso igual al término de la prescripción. Sólo cesan los efectos de la interrupción de la prescripción, cuando se produce alguna de las situaciones previstas en el Código Civil (art. 3987), en ...
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La casación prevista por el inc. 4 del art. 383 C.P.C.C. se erige en instrumento eficaz para la determinación de reglas uniformes, en presencia de interpretaciones antagónicas de la ley.\r\nPara la viabilidad del recurso de casación es insoslayable el cumplimiento de las exigencias inherentes, entre las que se cuenta con la identidad entre los supuestos de hecho sometidos al juzgamiento en las div...
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La casación prevista por el inc. 4 del art. 383 C.P.C.C. se erige en instrumento eficaz para la determinación de reglas uniformes, en presencia de interpretaciones antagónicas de la ley.\r\nPara la viabilidad del recurso de casación es insoslayable el cumplimiento de las exigencias inherentes, entre las que se cuenta con la identidad entre los supuestos de hecho sometidos al juzgamiento en las div...
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\r\n La facultad de ?apelar? contenida en el instrumento de poder faculta al apoderado a interponer recurso de casación. El mandato otorgado a los fines del desarrollo del juicio hasta su terminación comprende todas las facultades necesarias, entre las cuales está la de interponer recurso de casación. La enumeración de facultades que efectúa la carta-poder es meramente ejemplificativa y no agota ...
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\r\n La facultad de ?apelar? contenida en el instrumento de poder faculta al apoderado a interponer recurso de casación. El mandato otorgado a los fines del desarrollo del juicio hasta su terminación comprende todas las facultades necesarias, entre las cuales está la de interponer recurso de casación. La enumeración de facultades que efectúa la carta-poder es meramente ejemplificativa y no agota ...
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