Resultados

05 Oct 2005

Presunciones

Genovese, Miguel ángel c/ Transporte Villa María S.R.L. Presunciones
Falta de contestación de la demanda /
Tribubal: Cámara C., C., Flia. y Cont. Adm. de Villa María

La incontestación de la demanda, genera una presunción favorable a las pretensiones del accionante, siempre que encuentre debido respaldo en las constancias de la causa y no existan elementos probatorios que la contradigan....

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05 Oct 2005

Prueba

Genovese, Miguel ángel c/ Transporte Villa María S.R.L. Prueba
Falta de contestación de la demanda /
Tribubal: Cámara C., C., Flia. y Cont. Adm. de Villa María

La incontestación de la demanda, genera una presunción favorable a las pretensiones del accionante, siempre que encuentre debido respaldo en las constancias de la causa y no existan elementos probatorios que la contradigan....

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05 Oct 2005

Prueba

Genovese, Miguel ángel c/ Transporte Villa María S.R.L. Prueba
Cargas probatorias dinámica /
Tribubal: Cámara C., C., Flia. y Cont. Adm. de Villa María

Si no impugnó la demandada la condición de empresa nacional de transporte y sólo dice en los alegatos que no se ha probado en autos que la empresa revista tal calidad, debe considerarse que se encuentra en mejores condiciones que nadie de probar lo contrario y no realizó ningún esfuerzo probatorio en tal sentido, conforme lo aconseja la aceptada doctrina de las c...

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24 Aug 2005

Accidente de tránsito

Lezcano de Beltramino, Nancy Elizabeth c/ Carlos Argentino Riera Accidente de tránsito
Vehículos de distinto porte / Presunción de responsabilidad / Motociclista: obligación de obrar con cautela /
Tribubal: Cámara C., C., Flia. y Cont. Adm. de Villa María

Cuando intervienen vehículos de distintas masas se tiende a presumir la responsabilidad del conductor del vehículo de mayor porte. Sin embargo, este tipo de presunciones no resulta aplicable sin más a cualquier tipo de accidentes y, en particular, en lo que respecta a colisiones de automotores con motocicletas. Resulta aplicable la máxima que reza: ni siempre, ni nunca,...

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30 Sep 2004

Inhabilidad de título

Municipalidad de Villa María c/ Darío Gabriel Abdala Vigo Inhabilidad de título
Procedencia de la excepción / Fundamentos /
Tribubal: Cámara C., C., Flia. y Cont. Adm. de Villa María

Las irregularidades administrativas acaecidas en el proceso de formación del título (certificado de deuda) ha impedido al administrado utilizar las alternativas de defensa que el procedimiento administrativo le reconoce (recurso administrativo) y el eventual acceso a la vía contencioso administrativa, resultando vulnerada la garantía del debido proceso adjetivo, de raig...

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30 Sep 2004

Título ejecutivo

Municipalidad de Villa María c/ Darío Gabriel Abdala Vigo Título ejecutivo
Certificado de deuda expedido por la Municipalidad / Condiciones de validez /
Tribubal: Cámara C., C., Flia. y Cont. Adm. de Villa María

El certificado de deuda expedido por la autoridad municipal, en tanto instrumento público, requiere como condición de validez que haya sido otorgado «en las formas que las leyes hubieren determinado (art. 979 inc. 2 C.C.) de donde resulta que el examen de habilidad del título, tiende no sólo a asegurar las formas extrínsecas, sino que debe asimismo abarcar las ci...

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30 Sep 2004

Título ejecutivo

Municipalidad de Villa María c/ Darío Gabriel Abdala Vigo Título ejecutivo
Intervención en el proceso de gestación del título /
Tribubal: Cámara C., C., Flia. y Cont. Adm. de Villa María

La incursión en el proceso de gestación del título, no se lleva a cabo para evaluar la legitimidad causal de la obligación sino para verificar el cumplimiento de las formalidades que regulan la formación del título. De este modo, cabe verificar la virtualidad ejecutiva del certificado de deuda, cuando se invoca el incumplimiento de las formalidades esencia...

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30 Sep 2004

Título ejecutivo

Municipalidad de Villa María c/ Darío Gabriel Abdala Vigo Título ejecutivo
Ausencia de virtualidad ejecutiva del certificado / Carencia de un acto administrativo que determine la deuda /
Tribubal: Cámara C., C., Flia. y Cont. Adm. de Villa María

El certificado de deuda invocado por la Municipalidad actora, carece de virtualidad ejecutiva, habida cuenta de no resultar precedido de un acto administrativo de la deuda tributaria del ejecutado, emitido de conformidad con los procedimientos establecidos al efecto por la propia normativa municipal. Ni siquiera puede hablarse de acto administrativo inválido, sino inexistente.\nLa ausencia ...

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