El beneficio de litigar sin gastos es un incidente, y como tal perime a los seis meses, conforme con lo dispuesto por el inc. 2 del art. 339 C.P.C.C.\nConforme con el art. 101 C.P.C.C., el beneficio de litigar sin gastos puede ser solicitado antes de presentar la demanda o en cualquier estado del proceso, lo que significa que depende de la existencia o de la próxima iniciación de un ...
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Si la ley adjetiva dice que en el beneficio de litigar sin gastos se cita a la contraparte para que fiscalice el juicio, ésta puede asistir al diligenciamiento de las pruebas, repreguntar a los testigos, tacharlos, alegar sobre el mérito de la prueba y hasta apelar el auto que se dicte....
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El beneficio de litigar sin gastos es un incidente, y como tal perime a los seis meses, conforme con lo dispuesto por el inc. 2 del art. 339 C.P.C.C.\nConforme con el art. 101 C.P.C.C., el beneficio de litigar sin gastos puede ser solicitado antes de presentar la demanda o en cualquier estado del proceso, lo que significa que depende de la existencia o de la próxima iniciación de un ...
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Por el solo hecho de que el tribunal le haya impreso el trámite de juicio ordinario, no puede afirmarse que la solicitud del beneficio de litigar sin gastos sea una demanda, o porque el código ritual lo haya tratado en un capítulo distinto al de los incidentes y le haya destinado una sección especial, ya que el art. 427 C.P.C.C. señala que puede haber incidentes ...
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La validez constitucional de la ley 8250 no excluye que circunstancias particulares pongan su aplicación en entredicho con las garantías constitucionales, aun cuando no coincidan exactamente con las que la Corte meritó en ?Iachement...c/ Armada Argentina...?. Las pautas para tipificar esa excepcionalidad, deben ser hoy contrastadas con las normas vigentes que contemplan la pos...
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La validez constitucional de la ley 8250 no excluye que circunstancias particulares pongan su aplicación en entredicho con las garantías constitucionales, aun cuando no coincidan exactamente con las que la Corte meritó en ?Iachement...c/ Armada Argentina...?. Las pautas para tipificar esa excepcionalidad, deben ser hoy contrastadas con las normas vigentes que contemplan la pos...
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El Coeficiente de Variación Salarial (CVS) regulado por decreto del P.E.N. N...
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El juicio de desalojo tiene por objeto asegurar la libre disponibilidad del bien en favor de quien tiene derecho a ello, cuando es ocupado por otro contra su voluntad. Es el instrumento procesal idóneo para reintegrar en el uso de la cosa a quien tiene algún título a su libre disposición, excluyendo a quien, a la inversa, no goza de título alguno en apoyo de su o...
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En el juicio de desalojo la causa petendi, en cuanto término esencial de la litis, radica en la condición de tenedor obligado a restituir que se atribuye al demandado y el derecho del actor a recibir su restitución....
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Al demandante en un juicio de desalojo, le basta con demostrar que le asiste un derecho a tener la cosa bajo su señorío, sea en carácter de propietario, poseedor, etcétera. Producida esa prueba por la parte actora, la carga probatoria se desplaza al demandado quien para neutralizar la acción deberá demostrar que a su vez disfruta de una situación ju...
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