Accidente de tránsito
Germanetti, Héctor Hugo c/ Covato, José y otro Accidente de tránsitoCosa riesgosa / Responsabilidad objetiva /
Tribubal: Cámara 6ª C. y C
Siendo el automóvil una cosa riesgosa, cuando con él se provocan daños, debe responderse objetivamente, sin que sea menester probar la culpa del dueño o guardián, y sin que ello obste a que los sindicados como responsables de manera objetiva, en virtud de la presunción de causalidad que deriva del riesgo de la cosa que les pertenece, o cuya guarda ostentan...
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