En el contrato de servicios turísticos la empresa de viajes satisface su obligación sólo informando la necesidad de contar con la documentación que acredite identidad de los pasajeros, en tanto que las condiciones de vigencia, conforme la legislación nacional, corren por cuenta del viajero. Es obligación de todo ciudadano contar con la documentación exigida para su necesaria identificación en el á...
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Encontrándose acreditado que el demandado excepcionante adquirió el automotor objeto del tributo cuyo cobro se persigue con posterioridad al vencimiento de los períodos fiscales reclamados, resulta claro que se está en presencia de una obligación solidaria, en los términos del art. 38 C.T.P.
Atento la naturaleza de la obligación tributaria, resulta de aplicación el art. 32 C.T.P., que al regul...
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Una de las causales de interrupción de la prescripción previstas por el ordenamiento de fondo es la promoción de una demanda judicial. Así, el art. 3986 C.C. establece que la prescripción se interrumpe por demanda contra el deudor, aunque sea interpuesta ante juez incompetente o fuere defectuosa y aunque el demandante no haya tenido capacidad para presentarse en juicio. Idéntica solución prevé el ...
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Una vez producido el hecho imponible que genera a cargo del contribuyente –o responsable- la obligación de pagar el tributo, la determinación de su cuantía debe llevarse a cabo en las oportunidades y de acuerdo a los porcentuales establecidos en la ley impositiva que resulte vigente al momento del acaecimiento del hecho condicionante.
El Código Tributario de la Provincia de Córdoba, establece ...
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La iniciación y sustanciación de un proceso contra una persona fallecida concierne directamente a uno de los prepuestos indispensables para que se constituya válidamente la relación jurídica procesal (el sujeto pasivo de la acción), y afecta indefectible e insubsanablemente la validez del proceso y la sentencia allí recaída.
Ninguna posibilidad material ni jurídica existía o existe para endere...
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La razón para desentenderse de los accesorios en función de que serían motivo de un reclamo administrativo previo, o sea que no habilitarían la competencia de estos tribunales civiles, no es procedente. La naturaleza de la cuestión no dista de ser un cobro de pesos, que no involucra un acto administrativo. Y esa suerte sigue la cuestión accesoria eventual, los intereses moratorios que pudieran rec...
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Es de estricto sentido de justicia el que se reconozca judicialmente el valor que corresponde a lo adeudado más allá de su expresión nominal. En la actualidad la fijación de intereses es el camino elegido mayoritariamente para ello, a partir de la vigencia de la Ley 23.928 que impide otros parámetros para mantener el valor del dinero.
Tiene dicho la Corte Suprema de la Nación que el dinero no ...
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No se descarta que los arts. 7º y 10º de la Ley 23.928 y el nominalismo que subyace a esas directivas, también captado por el art. 766 C.C. y C., resultan susceptibles de ser tachados de inconstitucionales frente a la realidad del proceso inflacionario de los últimos diez años.
La normativa que sostiene el principio nominalista no es aplicable al caso en análisis porque, aun cuando no se hayan...
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La interpretación del contrato debe hacerse conforme el principio de buena fe y según las pautas que al efecto brindan los arts. 217 y 218 C.Com. (normativa aplicable al caso en función de la fecha de los actos que nos ocupan). En la ponderación de la conducta de las partes es necesario ser muy prudente y desentrañar la real voluntad expresada, la buena fe de ellas, lo que verosímilmente entendier...
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Entre partes existió una compraventa con constitución de usufructo. Ello no impide que la constitución de usufructo –como desmembramiento del dominio– resulte oneroso cuando se ha estipulado un precio de venta que contempla que el bien se mantendrá sujeto a usufructo, con lo que mantiene su calidad de oneroso.
No se vislumbran razones para escindir el objeto de la venta del objeto del usufructo...
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