En concordancia con lo dispuesto al respecto por el Tribunal Superior de Justicia, que las diferencias de haberes deben ser claramente especificadas en la demanda, no basta con consignarse montos globales que no permiten colegir cómo se arriba a él. En autos, ni siquiera se explica en la planilla -que por naturaleza debe ser ?especificativa? de rubros y montos- cuál era la remuneración adeudada y ...
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No es aplicable la regla general de distribución de costas por el orden causado en la acción de división de condominio, cuando la intervención judicial no es indispensable, y menos aun la pretensión que se impongan a la actora, porque en autos se debió recurrir necesariamente a la acción interpuesta....
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No es aplicable la regla general de distribución de costas por el orden causado en la acción de división de condominio, cuando la intervención judicial no es indispensable, y menos aun la pretensión que se impongan a la actora, porque en autos se debió recurrir necesariamente a la acción interpuesta....
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La demanda se caracteriza por ser una petitio y no una quaestio, desde que no se plantea al juez para saber si quien la promueve tiene raz...
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La demanda se caracteriza por ser una petitio y no una quaestio, desde que no se plantea al juez para saber si quien la promueve tiene raz...
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En esta materia el trazado de la línea que separa lo permitido de lo proscripto por el orden constitucional, no debería al menos, en el estado actual de desarrollo dogmático, y por lo extenso del tiempo transcurrido desde el precedente señero de la Corte y de los numerosos antecedentes de este Tribunal Superior de Justicia, suscitar más incertidumbres jurídicas y falta de previsibilidad en las dec...
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En el contexto legal de vigencia de la ley 25.344, se concretó la adhesión por la provincia de Córdoba al régimen de emergencia económico financiera, me-diante la sanción de la ley 9078, la cual incorpora a la consolidación provincial los pasivos previsionales (art. 8) (del voto de la mayoría, Dres. Sesin y Tarditti)
A la luz de las directrices expresadas en los considerandos anteriores; de la ...
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