El hecho de que las partes no soliciten la imposición de costas, no constituye obstáculo para que el tribunal se pronuncie al respecto si correspondiese su aplicación. La imposición de costas no queda subordinada a que sean pedidas por el interesado, pues la pretensión del litigante de que su derecho sea reconocido en la resolución judicial lleva implícita la voluntad de ser reintegrado de las ero...
Ver más
El vencimiento para la imposición de costas requiere contradicción. El acto de la audiencia prescripta por el art. 659 C.P.C.C. para el juicio sucesorio constituye la oportunidad procesal donde el magistrado propone a los interesados que designen, de común acuerdo, a un administrador, o bien, formulen las respectivas postulaciones en caso de no lograr concurrencia de voluntades. Objetivamente, si ...
Ver más
Una de las cuestiones a resolver se circunscribe a determinar si es procedente la solicitud de inconstitucionalidad del art. 14 L.R.T. formulado por la parte actora.
El monto al que asciende el reclamo alcanza la suma de treinta y nueve mil seiscientos noventa y siete pesos con cincuenta y cinco centavos ($ 39.697,55). Es pertinente verificar si dicho monto resulta superior al tope establecido e...
Ver más
El reclamo de extensión de responsabilidad al señor Carlos Asís, en su carácter de presidente de la comisión directiva de la asociación demandada, con fundamento en el art. 59 L.S., debe rechazarse, toda vez que ningún fundamento se ha expuesto para justificar la aplicación del régimen de sociedades comerciales, a un sujeto que integra una asociación como la demandada en autos....
Ver más
La aclaratoria no sería propiamente una impugnación, desde que no satisface las finalidades y objetivos de los recursos, pues tiene naturaleza correctiva y no impugnativa. Tampoco califica como incidente, por cuanto procede una vez dictada la sentencia, esto es, concluida la instancia.
La aclaratoria es el medio por el cual la parte trata de obtener que la sentencia cumpla su función y respete ...
Ver más
Los actos jurídicos procesales, como expresión de voluntad manifiesta de las partes, deben considerarse en su sustancia y no tanto en su formato. Ello lleva a evitar el exceso de rigor formal manifiesto definido por la Corte federal como un supuesto de arbitrariedad. La petición que se encausa como una aclaratoria y que refiere a una regulación de honorarios discriminada que corresponde por ser el...
Ver más
La ley que regula la actividad de los martilleros, auxiliares de la justicia, en su art. 56 establece que, en casos de suspensión de la subasta, la base económica será el monto de la planilla actualizada del juicio y sobre esta base, el art. 53 inc. b) ley 7191 expresa que se liquidarán honorarios al 50% del arancel.
El art. 83 de la ley 7191, a su vez, fija como arancel para el remate de derecho...
Ver más
Cuando el legislador ha dispuesto que se abonara el 70% “... del arancel”, sin distinción alguna, lo ha realizado con la expresa intención de que se reconozca ese estipendio en base a la expectativa generada por la actuación profesional cumplida.
Si bien la ley dice que la carga del 3% es “para cada una de las partes”, no ha de interpretarse que en caso de “no realización de la subasta” el derec...
Ver más
Cuando la sentencia ya está dictada, el problema de la validez de cada acto anterior a ella se hace no ya en términos de injusticia potencial, sino de injusticia actual, ya que lo que interesa no es tanto si el acto podía ser causa de injusticia, sino más bien si llegó a serlo en la realidad de esa sentencia.
No procede la nulidad cuando el vicio invocado ha sido consentido, cuando en ningún m...
Ver más
Si por el hecho de que la deuda tenida con el apelante se originara en la compra de un campo y que frente a su incumplimiento, el bien termina volviendo al vendedor, se encuadra la negociación como rescisión, ello no desmerece que se trate de un nuevo contrato del que emergen verdaderos actos de disposición en desmedro de los restantes acreedores, ya que el convenio se logra a causa de la voluntad...
Ver más