1. De la incapacidad física, según su grado y carácter, resultan daños indemnizables que son perfectamente diferenciables.
2. Por un lado, la incapacidad física surge específicamente en la imposibilidad de seguir trabajando o ejerciendo las funciones para las que la víctima estaba especialmente preparada y habituada, e independientemente puede implicar un cierto grado de impedimento para consegu...
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El mandato contenido en el art. 155 C.P., impone a los jueces resolver las causas con fundamentación lógica y legal. Tal prescripción encuentra correlato en el art. 147 del C. de P.C. que fulmina con la nulidad a las sentencias y demás decisiones que se hallan huérfanas de fundamentos. Es claro que los términos omnicomprensivos de las normas citadas engloban a todos los jueces, entre los que se e...
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1. Si la base del reclamo indemnizatorio se funda en la pérdida de un beneficio económico acordado de hecho por el difunto- víctima del accidente en el proceso- como es la suma dineraria que periódicamente éste le proporcionaba a la actora, tal pretensión resulta improcedente.
2. Nuestro derecho positivo, en materia de daños solamente ampara los perjuicios jurídicos y no los de facto. El artículo...
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1. La vía ejecutiva quedó preparada en virtud de un auténtico pronunciamiento jurisdiccional emanado del titular del juzgado si pese a que los primeros proveídos fueron firmados sólo por la secretaria del juzgado, con posterioridad y en oportunidad de decidir acerca del recurso de reposicion articulado en contra de ello el propio juez de primer grado conoció de la cuestión suscitada y dispuso mant...
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1. Las demandantes inician demanda reclamando la indemnización prevista por la ley 9688 (ref. ley 23.643) y 248 L.C.T., con motivo del accidente de trabajo que produjera la muerte del empleado, mientras se encontraba trabajando en la máquina de propiedad del empleador, realizando tareas de trilla en la explotación agrícola del otro codemandado, el primero es demandado como empleador del extinto y ...
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1. Carece de relevancia el cumplimiento puntual o fuera de término de las seis primeras cuotas, si puede entenderse que dichos pagos han operado la fuerza cancelatoria de la prestación debida respecto al acreedor prendario.
2. La eventual sustitución de la figura del acreedor prendario no obtiene justificación jurídica: no puede ser sustituida por usos y costumbres, o por prácticas emergentes de...
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1. Es de carga inexcusable para quien pretende la revisión de un fallo, rebatir y poner de manifiesto los errores de hecho y de derecho, omisiones, defectos, vicios o excesos que pueda contener el decisorio respecto del cual se intenta el recurso.
No se satisfacen tales exigencias cuando, como acontece en el caso, la apelante reproduce las argumentaciones vertidas en el alegato sobre el mérito de...
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1. Conforme reiterada jurisprudencia de esta Sala (ver Sent. Nº 81, 28/8/92, in re “Ceballos... c/ La Ideal) no cabe la aplicación de la ley 23.643, en razón de que a la fecha del distracto no se hallaba vigente.
2. El tema referido a la imposición y distribución de costas apunta a un vicio in procedendo que corresponde sea encauzado por la segunda causal del art. 99, C.P.T., prevista para cuesti...
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1. El art. 120 de la ley 8226 declara que ésta debe aplicarse desde su entrada en vigencia a todas las causas y actuaciones profesionales en trámite o pendientes de regulación y en las terminadas donde no se hubiera practicado regulación, lo que puede afectar derechos adquiridos por los profesionales.
2. Es principio esencial del sistema jurídico nacional que las leyes nuevas no pueden aplicarse ...
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1. La actitud evasiva sin argumentación de la razón, del acreedor -locador- frente a la intimación notarial de recibir el pago de los alquileres más sus accesorios e impuestos, habilita la vía judicial de la consignación.
2. La consignación debe ser hecha en tiempo oportuno; sólo se considera tardía si al tiempo de efectuarse el deudor carece del derecho de pagar, como sucede cuando ha mediado re...
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