Fundándose en la prueba rendida y en especial en el dictamen del CA.TE.MU., la jueza no encontró elementos en autos que hagan pensar en la necesidad de un cambio en relación a la situación de hecho de vida del menor. Lo acreditado en autos es que padre e hijo no conviven y que aquél le brinda un departamento para que el menor viva en él. Citando a Simler, ...
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Tanto para establecer el régimen de las costas como para regular honorarios, se debe atender más que al éxito de los distintos argumentos empleados por las partes, al resultado práctico del litigio y, en el caso, éste ha sido completamente desfavorable para la actora cuya ejecución fue desestimada en toda su medida y extensión. Si no han existido ve...
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La ley exige identidad de trámite para que dos procesos puedan ser acumulados (art. 448 C.P.C.C.) condición que no concurre tratándose de un juicio ordinario y una ejecución de sentencia.\nLa acumulación de un juicio ordinario con una ejecución de sentencia, en cuanto tendría el efecto de ordinarizar la ejecución, vendría de hecho a desvirtuar el carácter ejecutivo que las partes han querido asign...
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\r\n La ley exige identidad de trámite para que dos procesos puedan ser acumulados (art. 448 C.P.C.C.) condición que no concurre tratándose de un juicio ordinario y una ejecución de sentencia.\r\nLa acumulación de un juicio ordinario con una ejecución de sentencia, en cuanto tendría el efecto de ordinarizar la ejecución, vendría de hecho a desvirtuar el carácter ejecutivo que las partes han q...
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\r\n El medio previsto por la ley para registrar el ingreso de escritos a los tribunales -el cargo que regula el art. 39 C.P.C.C.- no puede ser suplido por otros mecanismos que carecen de objetividad para acreditar el concreto y oportuno ejercicio de los derechos en sede judicial.\r\nMediante el cargo, la ley confiere al empleado la facultad de hacer constar el ingreso del escrito en el...
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El deber de suministrar ?información veraz, detallada, eficaz y suficiente sobre las características esenciales? (art. 4...
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El pago sin causa se concibe como ?el acto de ejecución de una prestación, cuando el accipiens carece de título para recibirla?, aludiendo la palabra causa al hecho antecedente y justificativo del pago. En otros términos, el pago supone la existencia de la obligación que se paga; si no hay tal obligación, quien recibe el pago no es acreedor y, por lo tanto...
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El contrato celebrado entre la demandada y el Hospital Español, en virtud del cual aquélla tenía la concesión del plan de salud del hospital en el ?aspecto materno infantil? no resulta de ningún modo oponible a los apelantes -suponiendo que éstos, terceros frente al contrato, pudiesen verse afectados por él (art. 1195 C.C.)- por ser posterior a la f...
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La carga de probar no importa ni una obligación ni un deber procesal, sino un imperativo de su propio interés, cuyo incumplimiento le apareja el riesgo de perder el pleito al no ser estimadas sus afirmaciones. El litigante es, por lo tanto, libre de probar o no probar\nCada parte, soporta la carga de la prueba sobre la existencia de los presupuestos de hecho de las normas sin cuya ap...
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El principio de unidad de la prueba constituye un criterio orientador a los efectos de concluir sobre el convencimiento que más se aproxime a la realidad de los hechos controvertidos\n...
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